Resolución Expediente Acta Nº
Nº 175/024 1374-69-001-2023 19/2024
 
Referencia
GENERADOR DE VAPOR Nº 5413 PERTENECIENTE A UTE
 
Resolución

VISTO el expediente N° 1374-69-001-2023, relacionado con la  situación del generador de vapor N° 5413, perteneciente a  UTE ubicado en Rambla Edison S/N, departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que el empleo de generadores de vapor no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa normativa, las cuales prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para su operación y que esté auditado por el Estado, por medio de habilitaciones con cierta periodicidad;
II) que en ocasión de realizar el test hidráulico el profesional idóneo (Tomasco Vanrell Ingeniería SRL), informó a esta Unidad una fecha errónea para la realización del mismo, lo cual constituye un entorpecimiento de las tareas del Regulador;
III) que en virtud de los extremos probados en estos obrados se entendió oportuno proponer una multa equivalente a 14.342 Unidades indexadas para el profesional idóneo;
IV) que de la evacuación de vista presentada no surgen elementos que hagan rever el monto de la sanción propuesta;
CONSIDERANDO: I) que se ha dado cumplimiento al debido procedimiento, por lo que corresponde resolver;
II) que el monto de la sanción es proporcional a la superficie de calefacción del equipo, 350 m2;
ATENTO: a lo establecido en la ley 17.598 del 13 de diciembre de 2002, en los arts. 18 a 25 de la ley 19.535 del 3/10/2017, en el reglamento de Generadores de vapor aprobado por la Resolución 81/2016, con la redacción dada por la Resolución N° 101/021;


EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:


1.- Aplicar a Tomasco Vanrell Ingeniería SRL (RUT 217809430018), una sanción de UI 14.342 (catorce mil trescientas cuarenta y dos Unidades Indexadas).
2.- Comunicar a UTE esta Resolución.
3.- Notifíquese, publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y en la base de Sanciones.
4.- Pase a la División Gestión de Recursos a efectos del cobro de la multa impuesta. Cumplido, pase a Contabilidad.
5.- Oportunamente, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 19/2024 de fecha 04/16/2024